Acuerdos de Bonn, 1931
1.- Cada Comunión reconoce la catolicidad e independencia de la otra y mantiene la suya propia.
2.- Cada Comunión acuerda permitir que los miembros de la otra participen en sus sacramentos.
3.- La Intercomunión no supone que ninguna de las dos Comuniones deba aceptar todas las opiniones doctrinales, devociones sacramentales o prácticas litúrgicas características de la otra, pero implica que cada una reconoce que la otra conserva todo lo esencial de la fe cristiana.
Del libro el anglicanismo, Stephen Neill, mayo de 1966, pag. 351.
Esto junto con el Cuadrilátero Chicago-Lambeth, es nuestra plataforma para establecer relaciones de Comunión "in sacris" o de Intercomunión con otras Iglesias hermanas en la Fe, Para que todos seamos uno....
Artículo IV Secc. 2 de la Constitución y Cánones Generales.